La aplicación de inteligencia artificial a las noticias es una tecnología disruptiva. Analizamos algunas tendencias sobre cómo aplicar el derecho de autor a las obras creadas con la ayuda de la IA, desde el derecho comparado y la metodología funcionalista. Nos centramos en el concepto de autoría y la atribución de derechos patrimoniales. Primero, examinamos el planteamiento de la Unión Europea (y la excepción irlandesa), que insiste en la autoría personal. Segundo, examinamos el Common Law, que admite ...
La aplicación de inteligencia artificial a las noticias es una tecnología disruptiva. Analizamos algunas tendencias sobre cómo aplicar el derecho de autor a las obras creadas con la ayuda de la IA, desde el derecho comparado y la metodología funcionalista. Nos centramos en el concepto de autoría y la atribución de derechos patrimoniales. Primero, examinamos el planteamiento de la Unión Europea (y la excepción irlandesa), que insiste en la autoría personal. Segundo, examinamos el Common Law, que admite que algunos resultados podrían ser creativos, pero sin autor. Tercero, examinamos el enfoque híbrido chino que combina la propiedad y la autoría. Las conclusiones se basan en la transferencia de la autoría y en el peso creciente de las empresas (y de los gigantes tecnológicos tras los sistemas de IA). La principal conclusión es la perjudicial pérdida de importancia de los periodistas en este nuevo panorama mediático.
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