Ferrer Luna de Toledo, Marina2017-11-072017-11-072017-06-01http://hdl.handle.net/10230/33172Treball de Fi de Grau en Dret. Curs 2016-2017Tutor: Sergio Canalda CriadoLa ultraactividad en los convenios colectivos se trata de una institución jurídica de marcada trascendencia tanto en la negociación colectiva como en el ejercicio de la libertad sindical. La limitación a un año de ésta en la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral ha supuesto un cambio paradigmático en la dinámica negocial marcándola con una gran carga de apresuramiento para las partes y una limitación en el libre desarrollo de la negociación. En este trabajo de fin de grado se contextualiza el marco constitucional de la negociación colectiva y de la libertad sindical, se analiza los efectos que habrían derivado de la limitación de la ultraactividad a un año, así como el acompañamiento del arbitraje introducido por la en el Real Decreto-Ley 7/2011, de 10 de junio que el legislador opta por mantener. Finalmente, se observan las consecuencias que derivan en la terminación de la ultraactividad y cómo ésta incluso habría afectado a calidades inherentes de los convenios colectivos que les corresponden en tanto híbrido de norma y contrato.application/pdfspaTreball de fi de grau – Curs 2016-2017Afectación al derecho a la negociación colectiva y libertad sindical mediante la introducción de la ultraactividad limitada temporalmente de la ley 3/2012, de 6 de julio y el mantenimiento del arbitraje introducido por el real decreto-ley 7/2011 de 10 de junioinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesisinfo:eu-repo/semantics/openAccess