Las Pensiones no Contributivas como Proyección Social y Normativa del Artículo 41 de la Constitución Española

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Descripció

  • Resum

    El artículo 41 CE tiene como una de sus funciones la garantista y defensiva de un sistema público de Seguridad Social que se vio reforzado con el advenimiento de las pensiones no contributivas; en la medida en que se amplió a más personas la tutela pública del sistema, en dos contingencias -vejez e invalidez- que han sido siempre nucleares encualquier sistema de Seguridad Social, se reforzó a esta institución de relevancia constitucional; ello no obstante, la integración de tales prestaciones puso de relieve que el diseño constitucional de la Seguridad Social contiene tanto elementos de unidad como de pluralidad, en su vertiente institucional así como en concepto material.
    Programa de doctorat en Dret
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