García Micó, Tomàs Gabriel2019-11-052019-11-052019García Micó TG. Comentario a las conclusiones del abogado general Szpunar sobre la cláusula IRPH. Asunto C-125/18 (Marc Gómez del Moral c. Bankia). InDret. 2019;(4):1-16.1698-739Xhttp://hdl.handle.net/10230/42708El pasado 10 de septiembre de 2019 el abogado general Maciej Szpunar publicó sus conclusiones sobre la cuestión prejudicial formulada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 38 de Barcelona el 16 de febrero de 2018. El abogado general considera que, si bien la cláusula, a priori y sin perjuicio de lo que pueda considerar el juzgador nacional, cumple con las exigencias de transparencia, los Tribunales españoles están obligados a valorar su carácter abusivo por no haberse transpuesto formalmente el artículo 4.2 de la Directiva 93/13. El presente comentario analiza los argumentos en que se apoya el abogado general Szpunar para llegar a cada una de las conclusiones que contiene su informe.application/pdfspa© Universitat Pompeu FabraComentario a las conclusiones del abogado general Szpunar sobre la cláusula IRPH. Asunto C-125/18 (Marc Gómez del Moral c. Bankia)info:eu-repo/semantics/articleAbogado generalTribunal de Justicia de la Unión EuropeaCuestión prejudicialDirectiva 93/13Control del carácter abusivo de las cláusulas contractualesControl de transparenciainfo:eu-repo/semantics/openAccess